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domingo, 8 de mayo de 2016

NEGOCIO REDONDO...ITV

En la actualidad son muchos los vehículos que circulan sin ITV. Recordaremos aquí los plazos para acudir a tu estación de ITV mas cercana en los vehículos mas comunes:

        -Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas (turismos):
Hasta cuatro años exentos.
De cuatro a diez años, bienal.
De mas de diez años, anual.
           
       -Motocicleta y Quads:
Hasta cuatro años, exento.
De mas de cuatro años, bienal


-Ciclomotores:
Hasta tres años, exento.
De mas de tres años, bienal.

En algunos foros he podido leer, y seguramente, alguno de vosotros lo pensaréis, que la ITV supone un gasto innecesario de dinero y que es puro negocio. Reconozco que en parte es así, aunque la inspección de vehículos es necesaria para la seguridad de los usuarios de estos y del resto de personas que utilizan las vías públicas, y por lo tanto, debe de existir en todos los casos, aunque verdad es, que los precios deberían ser algo más económicos.

A continuación trataremos algunos supuestos, que nos pueden conllevar el no pasar la ITV:

-En caso de defecto leve: No hace falta volver a pasar la inspección, pero si deberemos de solucionarlo a la mayor brevedad posible.

-En caso de circular con la ITV caducada: Los agentes encargados del tráfico nos denunciarán por el Art. 10.1.5 A  como infracción grave. No podremos circular con el vehículo normalmente, excepto para poner en orden la ITV, teniendo un plazo de 10 días para pasar la inspección.

-En caso de circular con la ITV desfavorable: Los agentes encargados del tráfico nos denunciarán por el Art. 10.1.5 C. Siempre que no hayan transcurrido 2 meses desde el día que pasemos la inspección de nuestro vehículo, el mismo sólo será inmovilizado en caso de riesgo grave. En el supuesto de que transcurriesen más de 2 meses desde el día que pasemos la inspección, se inmovilizará el vehículo, ya que el mismo estaría propuesto para ser dado de baja.

-En caso de circular con la ITV negativa: Se denunciará al Art. 10.1.5 B con un imparte de 500€, procediendo a la inmovilización, y no pudiendo además circular por si mismo, por lo que tendrá que ser trasladado a la estación de ITV en grúa.

Como vemos, circular con nuestro vehículo sin pasar la ITV nos puede ocasionar un importante gasto económico, y lo que es peor, podríamos tener un accidente con consecuencia fatales. Por lo tanto, respeta siempre los plazos para pasar la inspección, y lo que es más importante, revisa el estado de tu vehículo a menudo, sobre todo antes de iniciar un largo viaje.



domingo, 8 de marzo de 2015

I.T.V, UN NEGOCIO SEGURO


Todos los propietarios de vehículos estamos obligados tarde o temprano a claudicar ante las ITV, un negocio con una rentabilidad asombrosa. Se trata de ganar dinero de una forma sencilla y segura, vamos un negocio redondo y donde la crisis no se nota.

            Actualmente el poder acceder a montar un negocio de ITV, esta al alcance de muy pocas personas, pues es un negocio tan atractivo que esta reservado a sólo unos pocos, que se reparten día tras días, los beneficios que una estación de ITV genera.



            Un informe de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, nos viene a mostrar la ineficacia que supone para los consumidores el pasar la ITV, además de los diferentes precios que se manejan dependiendo de la Comunidad Autónoma en donde nos dispongamos a pasar la inspección de nuestro vehículo.

            Como experiencia propia, al ser propietario de vehículo y tener que pasar la ITV, me parece desorbitado el precio que se tiene que pagar, por sencillamente verificar que mi vehículo se encuentra en condiciones optimas para circular. En ningún momento me muestro en contra de las estaciones de ITV, ya que cumplen una función muy positiva, en lo que respecta a que los vehículos cumplan con las legislaciones de seguridad y contaminación requeridas por ley. Lo que si critico es el excesivo precio y el monopolio que se traen entre manos.



            Os mencionaré las tarifas de las inspecciones de ITV periódicas, para los vehículos más comunes y os adjunto dónde podéis encontrar una tabla con todas las tarifas a nivel de Andalucía (RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas de Inspección Técnica de Vehículos vigentes en Andalucía para su aplicación en el año 2015, según lo indicado en la Orden de 10 de julio de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se establecen las tarifas del servicio de Inspección Técnica de Vehículos en Andalucía. (BOJA no 250 de 23 de diciembre de 2014)):

            -Ciclomotores: 13,92€

            -Motocicletas de más de 125cc: 25,51€

            -Turismos de mas de 1600cc: Gasolina 43,24€
                                                             Diesel: 48,34€

            Al abonar la tarifa para pasar la inspección de nuestro vehículo, en realidad estamos pagando por cuatro conceptos distintos. El primero es la tarifa fija, que cada año establecen las distintas Administraciones Autonómicas excepto en Madrid. En esa tarifa pública ya está incluido el segundo concepto: el pago del canon o de la tasa que, según el régimen de gestión por el que funcione la ITV en cada CC.AA, abonan las empresas concesionarias a esa comunidad.  El tercer concepto a tener en cuenta en el precio final de la ITV es el IVA, que es del 21%; y ha de aplicarse a la tarifa fija. Por último, a la tarifa fija con el IVA incluido ha de sumarse el cuarto concepto: una tasa de Tráfico



            Debemos de tener presente, que si realizamos la inspección o la reserva de cita antes del plazo legal para pasar la inspección, se aplicará una reducción del 10 % de la tarifa, y que si por el contrario, presentamos la inspección con un retraso de un mes respecto al plazo legal para pasar la inspección, se aplicara un incremento del 12% de la tarifa. Este tipo de descuento o penalización no son aplicables en el caso de pasar la inspección en una unidad móvil.

            Estos consejos son primordiales a la hora de pasar la ITV:

            Lleva toda la documentación: Para poder superar la ITV deberás presentar la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y el Permiso de Circulación.

            Ojo a los chinazos en el parabrisas: Si están en el campo de visión del conductor y se han extendido – formando una grieta en el cristal – los inspectores podrían llegar a anotarlo como defecto grave.

            Alumbrado: Es, con diferencia, el apartado en el que se producen más fallos, tanto leves como graves. De hecho, suele ser habitual que un coche en perfecto estado mecánico no supere la ITV por sufrir defectos graves en los dispositivos de iluminación.

            Paragolpes: Comprueba que los paragolpes están bien sujetos y no presentan bordes cortantes: en caso contrario, el resultado de la inspección será desfavorable.

            Acude con el coche limpio: Por fuera y por dentro, ya que si tu vehículo parece cuidado predispondrá positivamente al inspector a la hora de calificar sus fallos.

            Comprueba que las matrículas están bien sujetas, no tengan números borrosos y no están dobladas: si el inspector considera que impiden la identificación del vehículo o que presentan bordes cortantes, no superarás la inspección.

            Los retrovisores: No pasarás la ITV si no están bien sujetos o están rotos, puesto que se consideran un elemento fundamental para la seguridad.

            Limpiaparabrisas: Lo ideal es acudir a la ITV con los limpiaparabrisas en buen estado y líquido en el depósito. En caso contrario, se considerará falta grave y el resultado de la inspección será desfavorable.

            Las ruedas: Su medida debe coincidir con la que aparece como homologada en la ficha técnica, su banda de rodadura debe tener una profundidad de más de 1,6 mm y no presentar cortes o deformaciones.



            Sin lugar a dudas las ITV son un negocio en toda regla, y darán muchísimo de que hablar en meses venideros, pues suponen como hemos citado anteriormente, una fuente de ingresos más que rentable. Mientras tanto, seguiremos esperando que las ITV sean cada vez más efectivas en beneficio de la seguridad y del medio ambiente, y que no afecten en gran medida a nuestro bolsillo. 

domingo, 26 de octubre de 2014

ITV A LO GRAN HERMANO


Hace unos meses leía en prensa,  que la Dirección General de Tráfico sacaría  más provecho a los radares fijos colocados en nuestras carreteras. Que estos radares, no solamente cumplirían la función de controlar los límites de velocidad, sino que irán un poco más allá, y en el caso de que nuestro vehículo no circule con la ITV en vigor, estos podrán denunciar directamente.

Pues bien, el caso que abordaremos en este artículo, será el de la ITV desde esta perspectiva. Nos recuerda este máximo control por cámaras en nuestras carreteras, a programas de televisión como “Gran hermano”, o películas como “Enemigo público”. Estamos controlados en carretera en todo momento, lo que en mi opinión, es algo positivo, pero con algunos matices.

Por lo que respecta al caso que nos ocupa, considero excesivo el denunciar al vehículo que no posee la ITV en vigor de una manera casi automática, sin valorar en ningún momento, el motivo por el que ese vehículo no paso la ITV. Estamos de acuerdo en que existe una normativa que regula los plazos para pasar la ITV, y una normativa que establece en las estaciones de la ITV los puntos del vehículo a revisar. Evidentemente, no es lo mismo circular con la dirección del vehículo destrozada, que circular con algún testigo del salpicadero de nuestro vehículo encendido. En ambos casos, la denuncia que se efectúe será del mismo importe, pero como vemos, el riesgo de circular con la ITV sin pasar no es lo mismo.

Las sanciones por circular sin la ITV en vigor, son cuantiosas:

- Circular con la ITV caducada, supone una sanción de 200€.

-Circular con la ITV con resultado negativo, supone una sanción de 500€, y en este caso, el vehículo incumple defectos muy graves, por lo que debe abandonar la estación de ITV en grúa para su reparación, y volver de la misma manera para volver a pasar la revisión.

-Circular con la ITV desfavorable, supone una sanción de 200€, y tenemos un plazo de 2 meses para subsanar los defectos y volver a pasar la inspección en la misma estación de ITV. Evidentemente, no podremos circular con el vehículo, hasta que no se repare este.
En todas estas sanciones, el responsable siempre será el titular del vehículo, nunca el conductor.

La ITV tiene su carácter recaudatorio, pero debemos de reconocer que cumple una función muy positiva a la hora de mantener el parque móvil de nuestras carreteras lo más seguro posible. No todos los propietarios de vehículos son lo suficientemente responsables como para efectuar un buen mantenimiento de su vehículo, por lo que es necesario establecer un mecanismo como la ITV que nos obligue a llevar nuestro vehículo de una manera adecuada por ley.

Es importante saber, que en caso de accidente de circulación, sino llevamos la ITV de nuestro vehículo en vigor, la aseguradora puede negarse a pagar los daños propios, y en caso de daños a terceros, si se demuestra que el accidente se hubiera podido evitar pasando la ITV, la aseguradora podría reclamar los gastos ocasionados al titular del vehículo.

Es importante también saber, que si nuestro vehículo esta estacionado en la vía pública, y se comprueba que no tiene pasada la ITV, es denunciable de la misma manera que si estuviese circulando, así que cuidado con dejar semi abandonados los vehículos en la puerta de casa.

Otro detalle a tener presente para este año 2014, es que si pasamos la ITV dentro de plazo, se nos aplicará una reducción del 10% a la tarifa establecida. Por otro lado, si nos retrasamos en más de un mes respecto al plazo para pasar la ITV, se nos aplicará un incremento del 12%, todo un detalle por parte de las ITV en Andalucía.

Cuidado sobre todo con los vehículos que pasan por primera vez la ITV, ya que no siempre nos informan mediante carta en nuestro domicilio de que debemos de pasarla, por ello debemos de saber que los plazos para pasar la ITV en función del tipo de vehículo, son los siguientes:

-Motocicletas hasta 5 años exentas, y más de 5 años, deberá pasarla cada dos años.

-Turismos de uso privado (hasta 9 plazas incluido conductor), hasta 4 años exentos, y de 4 años a 10 años, deberá pasarla cada dos años, con más de 10 años, deberá pasarla cada año.

-Caravanas, hasta 6 años exentas, y más de 6 años deberá pasarla cada dos años.

-Vehículos de alquiler, autoescuelas, transporte de personas (hasta 9 plazas con el conductor), hasta 2 años exentos, de 2 años a 5 años, deberán pasarla cada dos años, y de más de 5 años debe pasarla cada año.

-Vehículos agrícolas, hasta 4 años exentos, de 4 años a 10 años deberán pasarla cada dos años.

-Ambulancias, taxis y vehículos de transporte (más de 10 plazas), hasta 5 años exentos, y de más de 5 años deberán pasarla semestralmente.
  
Analizando todos estos puntos, lo ideal y lo correcto es llevar la ITV de nuestro vehículo en vigor, de esta manera nos evitaremos una posible sanción y más de un calentamiento de cabeza.

Blogs: http://jmramonp.blogspot.com/