lunes, 28 de julio de 2014

GIRO TRAS GIRO


En verano es mayor el transito de vehículos, y por desgracia, existe un mayor número de accidentes de circulación. 

Esta semana durante mi jornada de trabajo, se produjeron numerosos accidentes en los que por suerte, solamente hubo que lamentar daños materiales. Pero es curioso que en su gran mayoría fuesen en glorietas, y más curioso aún, que en ningún caso, a nuestra llegada al lugar del accidente, ninguno de los conductores reconocía su culpa en el accidente, enzarzándose en una terrible discusión por evitar sus responsabilidades. Es por este motivo, que decidí dedicar el artículo de esta semana a las glorietas, más comúnmente conocidas como rotondas.

Tratare de no ser muy lioso con la normativa para que resulte sencillo de comprender, que es de lo que realmente se trata.

Cuando pretendemos (1) acceder a la glorieta, debemos hacerlo por el carril de la derecha, y si dicho carril estuviese ocupado, se podrá acceder por los contiguos.

Si al acceder a la glorieta interrumpimos o molestamos a un vehículo que circula por ella, este hecho representaría una infracción sancionable con multa de 200 € y la detracción de 4 puntos. No debemos olvidar, que a la entrada de las glorietas normalmente existe una señal de ceda el paso. En caso de no existir, atenderemos a la generalización de la norma (Art 58 RGC).

Cuando pretendemos acceder a una glorieta, se debe de advertir con el intermitente derecho, como nos lo indican en el Art 108 del RGC, de la obligación de advertir las maniobras.

Existe una gran controversia, en el caso de alguien que circula por el interior de una glorieta, pues debe tener en cuenta, que el conductor que pretende acceder a la misma puede entrar por el carril derecho con toda tranquilidad, y puede hacerlo, ya que no modifica la trayectoria o velocidad del conductor del vehículo que circula por el carril interior. Normalmente cuando se realiza esta maniobra, el conductor que circula por el interior,  piensa que tiene la total prioridad de paso, y suele increpar en la mayoría de los casos al conductor que pretende acceder a la glorieta.

Una vez que accedemos a la glorieta, como será la (2) circulación dentro de la glorieta:

El Art 57.C del RGC, nos dice:

En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquellas.

En caso de ir circulando por el carril derecho de la glorieta, y observar que un vehículo pretende incorporarse, no existe ninguna obligación de tener que cambiar al carril izquierdo para facilitarle dicha incorporación, aunque es éticamente correcto y adecuado, desplazarse para facilitar dicha incorporación, pero reitero, en ningún caso como obligación.
Está totalmente prohibido abandonar la glorieta, cuando nos encontremos en el carril interior de la misma o en el de la izquierda.

Aspecto muy importante, y que solemos no respetar o desconocer, es el que los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto a los vehículos a motor cuando circulen en grupo y el primero de ellos haya entrado en una glorieta.

Cuando nos incorporamos a una glorieta y lo que pretendemos es realizar un cambio de sentido, nos incorporaremos hacia el carril interior y nos iremos colocando paulatinamente hacia el de la derecha según vayamos recorriendo dicha glorieta, advirtiendo con suficiente antelación la maniobra que pretendemos realizar.



Cuando nos dispongamos a (3) tratar de abandonar la glorieta, debemos de tener presente lo que se dice en el Art 75 del RGC, y abandonarla por el carril de la derecha.
En caso de intentar abandonar la glorieta desde el carril interior y golpear a otro vehículo, tendremos la responsabilidad de dicho accidente.

Debemos abandonar la glorieta, siempre por el carril exterior, debiendo advertir la maniobra, con las señales intermitentes de derecha.


          
En lo que respecta a este artículo, me podría extender considerablemente, pero lo que pretendo es que la circulación por una glorieta se entienda de la forma  más sencilla posible.

El problema que nos plantea la circulación en glorietas y la cantidad de accidentes que se produce en las mismas, puede tener su origen déficit de estudio realizado sobre las glorietas desde hace ya algunos años. Las glorietas en nuestras carreteras brillaban por su ausencia. Actualmente está pasando todo lo contrario, y es difícil no encontrarse con alguna en cualquier tramo de carretera, por pequeña que sea la problemática en el tráfico. Así que todos estos consejos, vienen bien para aquellos que desconocen la norma, y nos servirá de recordatorio para todos los que ya la conocemos.

Blogs: http://jmramonp.blogspot.com/

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