Normalmente en la mayoría de mis artículos me centro
en la educación y seguridad vial. En este artículo daremos un paso más, y
tratare el homicidio imprudente de una manera sencilla y breve, sin profundizar
demasiado.
Considero que este tema es importantísimo, pues está presente en
infinidad de accidentes de circulación, donde el conductor implicado, por
ejemplo, a consumido alcohol, conduce de manera temeraria, y ha producido una
muerte. Todo ello, conllevaría un delito de alcoholemia (Art 379.2 CP), y un delito
de conducción temeraria (Art 380.1 CP) en concurso con otro de homicidio
imprudente (Art 142 CP) Este puede ser el caso conocidísimo, del accidente en
el cual se vio implicado el torero José Ortega Cano.
La figura del homicidio está prevista en el Titulo
I del Libro II del Código Penal. Las formas más características son:
1. Asesinato: Una persona causa la
muerte de otra y lo lleva a cabo con alguno de los tres supuestos o los tres
juntos (Alevosía, ensañamiento, concurrencia de precio). El asesinato se
castiga con una pena que va desde los 15 a los 20 años de prisión, elevándose
hasta los 25 años si concurren dos o más circunstancias especificas del delito,
se cometió con enseñamiento y alevosía o con concurrencia de precio y alevosía.
Homicidio: Una persona causa la muerte a otra,
pero en el crimen no se contempla ninguno de los tres supuestos anteriores de
alevosía, ensañamiento o concurrencia de precio.
Dentro del homicidio nos
encontramos con varios supuestos como:
-2. Homicidio culposo: (Penas 10 hasta
los 15 años de prisión)
-Homicidio involuntario (accidente de
tráfico, atropello etc)
-Homicidio negligente (fallo médico, muerte en el
trabajo por falta de seguridad, etc.)
-3. Homicidio imprudente: (Penas de
entre 1 y 4 años de prisión)
-Homicidio
leve
-Homicidio
grave
Tras esta breve introducción, me centraré en lo
que realmente quisiera tratar, el homicidio imprudente. Hace ya algunos años
que me examiné para ascender en la escala de Policía, y el supuesto práctico a
realizar, trataba de un homicidio imprudente, concretamente, de un conductor
que circulaba bajo los efectos del alcohol a una velocidad excesiva, invadiendo
el sentido contrario, momento en el cual, impacta contra un vehículo que
circula correctamente por el carril contrario. Por lo cual, debemos de estar al
tanto de lo que es un homicidio imprudente, por algún servicio que debamos de
realizar, por el simple hecho de saberlo, o como opositores.
Se podría definir el homicidio imprudente, como
la producción no querida de una muerte, realizada mediante un comportamiento
activo u omisivo descuidado, y sin la diligencia debida.
Existe una clasificación de la imprudencia con
resultado de muerte como:
-Imprudencia grave
-Imprudencia leve
-Imprudencia profesional
El Art 142 del CP, describe el delito de
homicidio por imprudencia grave, que se castiga con una pena de uno a cuatro
años de prisión. El delito es perseguible de oficio, además decir, que en caso
de que el resultado de muerte sea consecuencia de una infracción menor, el
hecho es constitutivo de una falta por homicidio por imprudencia leve y se
regula en el Art 621.2 CP y se sanciona con una pena de multa de uno a dos
meses, la falta exige denuncia previa de la persona agraviada.
El Art 142.2 y 142.3 sancionan además con la
privación del derecho a conducir o a la tenencia y porte de armas, si la
imprudencia tiene que ver con estos medios y con la pena de inhabilitación
especial si el homicidio se causa por imprudencia profesional. Por lo que
respecta a la falta en el Art 621.4 y 621.5 también se sanciona esta privación
de derechos.
En el homicidio imprudente solo se castiga si
hay resultado, no cabe la tentativa, además si se producen varias muertes con
una sola infracción, aplicaremos un concurso de delitos que puede ser real o
ideal.
Podría profundizar más respecto a este tema,
pues da mucho de si, pero considero que con estas nociones es suficiente para
tener un concepto del homicidio imprudente. Sin más, aconsejar una conducción
responsable y ética siempre.
Blogs: http://jmramonp.blogspot.com/
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