domingo, 25 de enero de 2015

AL VOLANTE TOLERANCIA CERO


De todos es sabido, que el consumo de alcohol al volante no es ni mucho menos aconsejable. En España tenemos unas tasas límite que se corresponden con la mayoría de los Países Europeos, a pesar de ello, algunos colectivos han presentado la propuesta de tolerancia cero de alcohol al volante, lo que supondría eliminar las correspondientes tasas límite de alcoholemia.


Realizo este artículo, a consecuencia de una columna que leí hace unos días, y donde se establecían las diferentes tasas de alcoholemia en algunos Países como:
* Estas tasas de alcoholemia son para conductores de vehículos en general.

            -Escocia: La tasa de alcoholemia antes era de 0,8 g/l de sangre y a partir de Diciembre de 2014 se bajo a 0,5 g/l de sangre, igualándose de esta manera a la mayoría de países europeos.

            -Inglaterra y Gales: La tasa de alcoholemia se mantiene en 0,8 g/l de sangre. Según mi criterio, esta diferenciación respecto a los demás países, los convierte en un país donde sin lógica ninguna, pretenden diferenciarse del resto.

            -Lituania: La tasa de alcoholemia es de 0,4g/l, además de ser la mas baja, en enero entró en vigor la alcoholemia con tolerancia cero para los conductores noveles y algunos profesionales.


En algunos países, como en Chile, donde se implantó la “Ley de Tolerancia Cero a la Conducción con Alcohol”, la cantidad de fallecidos por accidentes de tráfico provocados por el consumo de alcohol, registró según sus datos, una bajada del 28%. Estos datos son verdaderamente esperanzadores, y quién sabe si quizás, en algún momento, se implante esta tolerancia cero al alcohol en la conducción en los países europeos.

Me gustaría saber vuestra opinión respecto a una posible implantación en España de esta medida, y donde no se sancione a partir de una tasa determinada de alcohol, sino que se sancione, el simple hecho de dar positivo.

Como puntualización, en la ley 6/2014 de reforma de la “Ley de Tráfico” de 7 de abril, ya se sanciona la mera presencia de drogas en el organismo del conductor, con algunas exclusiones para aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa, y con una finalidad terapéutica.

Imagenes: matasanos.org

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