lunes, 1 de diciembre de 2014

CARNET POR PUNTOS


El carnet de conducir por puntos, fue introducido en España, a través de la ley 17/2005, de 19 de julio. El permiso de conducción por puntos, combina según la propia ley dos elementos esenciales:

-Carácter reeducador (Mediante la realización de cursos de sensibilización y reeducación vial de los conductores multirreincidentes)

-Efecto punitivo (En aquellos comportamientos, consistentes en la disminución o perdida del crédito en puntos con que cuenta un conductor, titular de permiso).

Después de esta brevísima introducción, me centraré en la parte práctica del permiso puntos. Los puntos se pierden al cometer infracciones graves o muy graves, para hacerse efectiva la detracción de puntos de nuestro permiso, deberá de transcurrir un mes, desde la infracción y que esa sanción sea firme.

Podemos consultar nuestro saldo de puntos en la página www.dgt.es .

Los conductores que nunca hayan perdido puntos de su permiso de conducir, tendrán un total de 15 puntos.
El baremo de los puntos de cada conductor, funciona de esta manera:

-12 puntos, si es conductor con más de tres años de experiencia.

-8 puntos, si es conductor novel (menos de tres años de experiencia) o si ha perdido el permiso o la licencia que tenía por haber agotado todos los puntos, cuando obtenga uno nuevo.

A los buenos conductores se les premia, ya que si en tres años no cometes ninguna infracción, tus puntos iniciales de 12 se incrementaría en 2 puntos más, y recibirías un punto más, si en los tres años siguientes no cometes ninguna infracción.

De la misma manera que se premia al buen conductor, se sanciona con perdida de puntos al mal conductor. Estas son algunas de las infracciones más relevantes que detraen puntos:

-Conducir con exceso de alcohol, si la tasa es superior a 0,50 mg/l o se trata de profesional o titular de permisos de conducción con menos de dos años, se detraen 6 puntos. Si la tasa de alcohol es superior a 0,25 mg/l hasta 0,50 mg/l o se trata de profesionales y titulares de permiso de conducción con menos de dos años, se detraen 4 puntos.

-Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes, 6 puntos.
-Negativa a someterse a test de alcoholemia o estupefacientes, 6 puntos.

-Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales, 6 puntos.

-Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación (tirar una colilla de un cigarro), 4 puntos.

-No respetar la prioridad de paso, las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo, 4 puntos.

-Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas, 4 puntos.

-No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación, 4 puntos.

-Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, 3 puntos.

-No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección, 3 puntos.

No debemos de olvidar que en caso de seguir conduciendo con nuestro permiso de conducir sin puntos, podemos incurrir en un Delito por el Art 384 del Código Penal.

Por desgracia, y cada día lo veo en mi trabajo, son muchas las personas que se arriesgan a conducir con el carnet sin puntos, siendo estos imputados por un delito.

  Desde que se creó el permiso por puntos en España, las infracciones con detracción de puntos que más se han producido son:

-Exceso de velocidad
-No llevar puesto el cinturón de seguridad.
-Uso del teléfono móvil.
-Consumo de alcohol.

En caso de que perdamos algún punto de nuestro permiso, se puede realizar una recuperación parcial, hasta un máximo de 6 puntos, superando un curso de sensibilización y reeducación vial. Este curso está limitado y sólo se podrá realizar una vez cada dos años.

Si en dos años no pierde más puntos, volverá a tener los 12 iniciales, y si la pérdida de puntos es por infracciones muy graves, se deberá esperar tres años para restablecer la cifra inicial.

Por lo que respecta a los cursos de sensibilización y reeducación vial, se realizaran en un centro concertado (autoescuelas autorizadas). Su coste es a cargo del interesado y existen dos modalidades:

-Recuperación parcial de puntos: Tiene una duración de 12 horas y se puede realizar una vez cada dos años, los conductores profesionales, podrán realizar el curso cada año.

-Recuperación del permiso una vez perdidos todos los puntos: Tendrá una duración de 24 horas y se deberá superar además una prueba en la Jefatura de Tráfico.

Es importante saber, que si perdemos la totalidad de puntos de nuestro permiso, tendremos que esperar 6 meses para poder realizar el curso de reeducación y obtener nuevamente nuestro permiso de conducir. En caso de ser reincidente, el tiempo de espera, y por consiguiente sin poder conducir, será de 1 año.

La mayoría de conductores cuando van a ser denunciados por alguna infracción, su preocupación, es que no se le resten más puntos de su permiso. Sin lugar a dudas es para preocuparse, pero recomendaría, que lo más importante fuese, el no cometer la infracción. Ante todo, y como siempre digo, prudencia en la carretera y respeto para el resto de conductores y usuarios de la vía.

Fuentes consultadas: DGT
Imagen: Carnetdemoto.es
              Dgt.es

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