sábado, 31 de mayo de 2014

SENTENCIA PIONERA "DERECHO AL OLVIDO"


El concepto del "Derecho al Olvido": Es un derecho relacionado con el Habeas Data y la protección de datos personales. Se puede definir como el derecho que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales.  Como cabe apreciar, este derecho puede en ocasiones colisionar con la libertad de expresión.

Un ciudadano, Mario Costeja,  comprobó que al buscar su nombre en Google, se encontraba con un enlace a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de la subasta, por impago, de un inmueble de su titularidad, publicado años atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente el derecho de cancelación del ciudadano, no admitiendo la tutela de derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada contra Google Spain, S.L. y Google Inc.

La Agencia instó a Google a adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio de búsqueda a través de su página de resultados, previamente ha recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo que a juicio de la AEPD constituye un tratamiento de datos en los términos de la Directiva.

Como consecuencia de la demanda interpuesta por D. Mario Costeja y tras una lucha que se ha dilatado durante mas de 15 años y que ha pasado por diferentes tribunales e instituciones en España y Europa, finalmente, el Tribunal de Justicia de la Union Europea (TJUE) ha fallado a favor del conocido como " Derecho al olvido" frente a los intereses comerciales de Google. 

Con una sentencia pionera en su campo, sobre el llamado "derecho al olvido" en Internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), hace prever una "avalancha" de reclamaciones de ciudadanos para que Google retire de la red enlaces e informaciones que les perjudican.
A raíz de esta sentencia, cualquier persona puede dirigirse directamente a Google en su país de origen en Europa y ampararse en la misma para ejercer sus derechos de protección de datos.

Se podrá exigir sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, existen modelos para reclamar ya preparados que se pueden descargar directamente desde la página web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Google estudiará caso a caso cada reclamación interpuesta, y legalmente está obligada a responder al demandante en un plazo máximo de diez días.
En el caso de reclamar la retirada de un enlace y no tener noticias de Google, el afectado podrá acudir a la AEPD, que actuará en nombre del ciudadano sin que ello le suponga ningún coste; la Agencia de Protección de datos se encargará de todo el proceso para exigir que se desindexe el contenido.
Google podría no acatar la sentencia y hacer oídos sordos a las reclamaciones de retirada de enlaces, pero incurriría en multas de hasta 600.000 euros.
La empresa tiene la opción de recurrir al Tribunal Supremo e incluso al Constitucional e incluso en últimas instancias llegar hasta el Tribunal de Estrasburgo.

Esta sentencia es "una verdadera revolución", porque supone un antes y un después en el reconocimiento de forma especialmente contundente del llamado "derecho al olvido" de los ciudadanos.
La resolución hace prevalecer el derecho a la privacidad de los ciudadanos frente al de libertad de expresión en el que se amparan los proveedores de contenidos en Internet.
Se trata de un "hito" porque supone además aplicar la legislación europea a estos proveedores tipo Google en los casos en los que las reclamaciones proceden de ciudadanos de la UE.

Hasta ahora se les remitía a los tribunales estadounidenses en caso de problemas, cuya legislación es menos rigurosa en cuanto a protección de la intimidad de las personas.
"Se defendían como gato panza arriba delegando sus responsabilidades a terceros pero ahora ya estarán implicados directamente".

http://jmramonp.blogspot.com/

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