El alcohol es el enemigo
publico numero uno en cuanto a la conducción se refiere, es escalofriante las estadística
de accidentes de trafico con fallecidos, donde el alcohol y las drogas son los
actores principales, el ultimo accidente
con mas repercusión mediática es el del microbus de Badajoz con un
balance de cinco menores fallecidos, este accidente es por desgracia uno mas de
tantos que se dan en nuestras carreteras con consecuencias fatales y todo
provocado por el consumo de alcohol o drogas al volante.
Cada día que pasa
somos mas concientes del riesgo que supone conducir bajo la influencia de
bebidas alcohólicas ya sea, por el miedo a ser denunciado, con la consiguiente sanción
administrativa o judicial y perdida de puntos o simplemente por una cuestión de
moralidad, donde no solamente esta en peligro quien consume alcohol y conduce,
sino los demás ocupantes del vehiculo, así como el resto de usuarios de la vía.
Desgraciadamente, existen mas conductores, que hacen uso de su vehiculo
influenciados por el consumo de drogas ( hachis, cocaína ect), esto es debido a
mi entender a la falta de medios de los que disponen los agentes encargados de
la seguridad en el trafico, donde en la mayoría de las Jefaturas de Policía
Local o Guardia Civil no se cuenta con los aparatos adecuados para la
comprobación de consumo de estupefacientes al volante.
En este articulo,
concretamente me centrare en la alcoholemia y como el consumo de alcohol y la
posterior conducción supone un coctel no muy recomendable y es la causante de mas de la mitad de los accidentes en carretera
en España.
La alcoholemia es el volumen
de alcohol que hay en sangre y se mide en gramos de alcohol por cada litro de
sangre o su equivalente en aire espirado que es como los agentes encargados del
trafico comprobamos la tasa de alcohol mediante los alcoholímetros.
La ingesta de alcohol, no
afecta de la misma manera a todas las personas, son muchos los factores a tener
en cuenta a la hora de valorar si damos una mayor o menor tasa, teniendo
presente la ingesta de comida mientras se bebe, la corpulencia, la rapidez con
la que se ingiere la bebida, el tipo de alcohol que se consume, la edad y la
experiencia en la conducción, el sexo de la persona, la hora del día ect.
La
mezcla de alcohol con otro tipo de sustancias como medicamentos o algún tipo de
droga ( cocaína, hachis ect) no hace mas que provocar, que los efectos del
alcohol sean aun mayores.
El alcohol tras su ingesta se puede detectar a los 5
minutos de su consumo y alcanza su punto mas alto entre los 30 y 90 minutos a
partir de ese momento comienza a desaparecer muy lentamente de la sangre.
Existen muchos mitos a la
hora de intentar conseguir que la tasa de alcohol consumida sea menor, al
encontrarnos ante la realización de una prueba de alcoholemia, los conductores
que van a ser sometidos a las pruebas intentan provocar, una bajada de la tasa
con estos remedios casero como : Tomar caramelos o chicles, hacer ejercicio,
masticar granos de café, consumir cocaína, beber mucho agua y podíamos
continuar con una lista interminable de remedios caseros, donde cada maestrillo
tiene su librillo, pero que verdaderamente sirve para bien poco.
Un conductor bajo los
efectos del alcohol es mas sensible a los deslumbramientos, experimenta la
visión en túnel, los síntomas de fatiga se muestran con mayor facilidad, sus
movimientos son menos precisos ect.
Lo que tenemos que tener muy
claro es que cualquier consumo de alcohol, afecta a la conducción, pero como
todo, existe unas tasas establecidas donde se marca la denuncia administrativa
o el delito con conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o
estupefacientes recogido en nuestro código penal en el articulo 379 .
De
acuerdo con la legislación actual en España, las tasas de alcoholemia
permitidas para los conductores es la siguiente:
-Conductores
en general:
-En sangre 0,50 g/l
-En
aire espirado 0,25 mg/l
-Conductores
novel
y
profesionales: -En
sangre 0,30g/l
-En
aire espirado 0,15 mg/l
Todo conductor esta obligado
a someterse a las pruebas de alcohol a requerimiento de los agentes que lo
requieran en los siguientes casos:
-Cometer
algún tipo de infracción
-Presentar
síntomas evidentes de consumo de alcohol.
-Control
preventivo
-Implicado
en un accidente.
Como dijimos anteriormente a
partir de 0,25 mg/l en aire espirado
para conductores en general se denuncia administrativamente, con la
entrada en vigor el día 9 de Mayo del 2014 de la nueva ley de trafico y a la
espera de que se desarrolle un Reglamento, la cuantía de la multa será de 500€
y si se duplica la tasa o se es reincidente la multa será de 1000€ y a partir de 0,60 mg/l se establece el
tratamiento penal que será castigado con pena de prisión de 3 a 6 meses o con
una multa de 6 a 12 meses y, en su
caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de
privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo
superior a 1 y hasta 4 años.
El tema de la alcoholemia es
muy extenso y se podía ampliar este articulo muchísimo mas. Cada día las
Policías Locales y Guardia Civil, encargados del trafico, velamos por la
seguridad en todas las carreteras españolas a pesar de los medios escasos con
los que disponemos y de las criticas recibidas en algunos casos por ciudadanos,
que ven los controles de alcoholemia como un medio recaudatorio, pero a pesar
de todo estos factores, se continua realizando un trabajo incansable, luchando
para reducir las estadística en accidentes de trafico, donde las causas
principales son el consumo de alcohol y estupefacientes de los conductores, que
no solamente se ponen en peligro ellos mismo o sus ocupantes,
además ponen en peligro a otros usuarios de la vía, lo que es aun peor,
así que como decía STEVIE WONDER, “si bebes no conduzcas”, y sino lo
haces por ti, al menos hazlo por los demás.
Blogs:
http://jmramonp.blogspot.com/
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